No creas en todo lo que se dice.

Aun cuando creas que algo aparece claro, ponlo en duda y no reposes. Duda de todo lo que parece ser bonito y verdadero. Pregúntate siempre: «¿Para qué?». No creas que una cosa sola es buena; lo recto no es recto y tampoco lo curvado es curvado. Si alguien dice que un valor es absoluto, pregúntale en voz baja: «¿Por qué?». La verdad de hoy puede mentir ya mañana. Sigue el río desde donde comenzó el torrente. No te basten las piezas aisladas. Pregúntate siempre: «¿Desde cuándo?». Busca las causas, une y disuelve, atrévete a mirar tras las palabras. Si alguien dice: «Esto es bueno (o malo)», pregúntale en voz baja: «¿Para quién?» Friedrich Paulus

La debida gestión pesquera

La Revista Pesca es un medio de información alternativo que presenta artículos, opiniones y noticias referidas a la pesca en el Perú y el mundo, con énfasis en la política pesquera, la sostenibilidad de los recursos pesqueros y la seguridad alimentaria. En este blog se publican notas de importancia, así como novedades del sector pesquero. En 2025 cumplimos 66 años de publicación en el Perú.

viernes, 15 de agosto de 2025

LA POTA Y SU CUOTA PARA LA PESCA PERUANA

 

“El viceministro de Pesca y Acuicultura anunció en Ilo que la reapertura de la extracción de pota se dará tras culminar la veda técnica iniciada el 30 de junio del 2025”

Una veda técnica que no respetó los procedimientos de publicación en el diario oficial. Pero no importa, porque al final nadie cuestiona estas cosas.

“el viceministro también precisó que hasta que el Perú logre prevalecer su posición científica de tener un stock propio de la especie, resulta impropio atender el pedido de establecer la regionalización de una pesquería o una cuota diferenciada para la zona sur”

¿Significa que el viceministro está respaldando y/o afirmando la existencia de un solo stock de pota? ¿Qué quiere decir con la frase “un stock propio”?

https://www.gob.pe/institucion/produce/noticias/1226638-produce-confirma-reinicio-de-pesca-de-pota-a-partir-del-25-de-agosto-tras-obtener-resultados-positivos-de-la-operacion-calamar-gigante-iii

Porque el IMARPE “reafirma que no existe evidencia científica de una única unidad poblacional de calamar gigante en el Pacífico sur” en una nota publicada en el portal del PRODUCE el 8 de julio de 2025. En la misma nota se dice: “Uniformizar el manejo del calamar gigante como si se tratara de una sola unidad poblacional supone riesgos significativos”

https://www.gob.pe/institucion/imarpe/noticias/1205651-imarpe-reafirma-que-no-existe-evidencia-cientifica-de-una-unica-unidad-poblacional-de-calamar-gigante-en-el-pacifico-sur

¿Hay opiniones encontradas dentro del Ministerio? Se necesita una comunicación más clara, por lo menos.

Cuando se trata el tema del stock de la pota hay que analizarlo con mucho cuidado. Hablar de uno o más stocks no puede ni debe ser tan simple. Bien sea un stock o varios, el tema de fondo es ¿Cómo se llega a determinar uno u otro?

Las implicaciones son importantes: si es un solo stock, significaría que lo que la flota china captura fuera de las 200 millas sí impactaría a la porción de biomasa que se encuentra dentro del dominio marítimo peruano. Si son dos o más stocks significaría que la captura de la flota china no le impactaría a la porción dentro del dominio marítimo peruano.

Tendría que haber un informe científico producto de una investigación. ¿Lo hay? Este, además de hacerse público, debería ser presentado ante la OROP del Pacífico Sur que es la organización que está tratando de regular la pesca de pota en aguas internacionales en el Pacífico Sur.

La decimotercera reunión del Comité Científico de la OROP-PS (SC13) se celebrará presencialmente del 8 al 13 de septiembre de 2025 en Wellington, Nueva Zelanda. Las actas se transmitirán en directo solo para los delegados debidamente acreditados.

Las siguiente son las propuestas que se van a discutir en el Comité Científico y que pueden verse en el correspondiente link. Como se aprecia, no figura ningún informe sobre stock de la pota que vaya a ser presentado por la delegación oficial peruana. Si existiese alguno que sustente lo mencionado anteriormente sobre los stocks de pota ¿no debería estar siendo presentado ante el comité científico de la OROP? ¿O es que no existe alguno?:

https://www.sprfmo.int/meetings/scientific-committee/13th-sc-2025

·    Abordando una crisis de conservación: salvando albatros y petreles mediante una mejor gestión pesquera (ACAP)

·    Observaciones directas desde el área de encuentro de EMV en Lord Howe Central (2024), suspensión temporal de la pesca de fondo (Greenpeace)

·      Evaluación de la población de calamar gigante (CALAMASUR)

·      Carta al Comité Científico de la OROP-PS (CALAMASUR)

·    Aplicaciones de una mayor transparencia de datos en la OROP-PS: Seguimiento de buques, interoperabilidad y otras herramientas de transparencia (GFW)

·      Implicaciones del Orange roughy para la OROP-PS (DSCC-ECO)

·      Repoblamiento de la CMM 03-2025, Anexo 9 (DSCC-ECO)

·      Proyecto de Pesca de Aguas Profundas de la FAO (FAO)

·      Informe Preliminar de la Consultoría sobre Cambio Climático de la FAO (FAO)

¿Cómo sustenta su tesis el Imarpe? ¿A quién favorece su posición, a los intereses peruanos o a los chinos?

Existe una urgente necesidad de reestructurar el Imarpe para alejarlo de cualquier manipulación, venga de donde venga.

Pero por otro lado ¿En qué basa y cómo sustenta su posición el viceministro?

La asignación de una cuota diferenciada para la flota peruana depende de esa opinión científica que tiene implicaciones más allá de los requerimientos de la flota pesquera artesanal peruana.

El discurso hacia el interior del país ¿no debería tener un correlato con el discurso en el seno de la OROP del Pacífico Sur?

No hay que olvidar que en 2019 surgió un impase con la OROP porque el Perú sostiene y sigue sosteniendo, aunque sin demostrarlo aún, que el jurel tiene dos stocks, el peruano y el regulado por la OROP. Y que como el Perú no ha sometido la especie dentro de su dominio marítimo a la jurisdicción OROP, es libre de fijar su cuota sin darle cuenta a nadie. En ese contexto y en ese momento, la posición peruana se expresó de la siguiente manera:

“Aquellas disposiciones, que forman parte de las CMM, podrán ser aplicadas a las aguas jurisdiccionales de una Parte de la Convención solo sí dicha Parte manifiesta su consentimiento, tal como se señala en el artículo 20 (4) (a) (iii). Ello concuerda con lo establecido en el artículo 20 (4) (c), el cual señala que las medidas adoptadas por la Comisión, en concordancia con el literal (a) del artículo referido: “No afectan y se entienden sin perjuicio de los derechos de soberanía de los Estados ribereños para los fines de exploración, explotación, conservación y ordenamiento de los recursos marinos vivos dentro de las zonas sujetas a jurisdicción nacional de conformidad con el Derecho Internacional, tal como se plasma en las disposiciones pertinentes de la Convención de 1982 y el Acuerdo de 1995, y no afectan de ningún otro modo a la zona de aplicación de la presente Convención establecida en el artículo 5.” 

Teniendo en consideración que únicamente Chile ha aceptado la aplicación de la CMM 01-2019 en sus aguas jurisdiccionales, el Perú considera de gran interés aclarar el sentido y el alcance del párrafo 10, en virtud de lo señalado anteriormente, las Partes de la Convención podrían establecer los mecanismos para el aprovechamiento responsable y sostenible de sus recursos pesqueros en sus aguas jurisdiccionales siempre y cuando no se menoscabe la Convención.

…según el Programa de seguimiento de pesquerías transzonales del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), existe evidencia científica consistente que demuestra el aumento de la disponibilidad de jurel en las aguas jurisdiccionales del Perú (stock far north). Estos resultados fueron presentados en la VII Reunión del Comité Científico de la OROP-PS, sin que fuera objeto de cuestionamiento u observación alguna por ningún Miembro del Comité Científico.

Con la pota empieza a perfilarse una situación similar, por lo cual hay que manejarla debidamente.



martes, 12 de agosto de 2025

LA INEXISTENCIA DE AUTORIDAD EN EL SECTOR PESQUERO PERUANO: HACIA LA ANARQUIA

 2017

Se redujo las multas para la pesca ilegal a través de un nuevo reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 017-2017-Produce.

2022

A través del Decreto Supremo Nº 007-2022-Produce, se dispone la reducción temporal de multas al sector acuícola y pesquero y se estableció que la escala de reducción alcanza hasta 90% en sanciones de hasta 50 UIT; 70% para las de hasta 200 UIT; y de 50% para las mayores de 200 UIT.

2024

El Decreto Supremo Nº 020-2024-PRODUCE aprueba normas temporales complementarias para la aplicación del régimen excepcional de reducción para el pago de multas administrativas en el sector pesca.

En 2025

El Ministerio de la Producción plantea descuentos masivos del 40% y 50% para regularizar deudas sancionadas desde 1998 hasta julio del 2025 en el sector pesca. Más del 99% se encuentran en etapa coactiva.

Según reportaje de INFOBAE, “El Ministerio de la Producción (PRODUCE) ha vuelto a optar por el camino de los regímenes excepcionales para el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura, esta vez con una condonación que alcanza cifras históricas: más de S/611 millones en deudas acumuladas, la gran mayoría atrapadas en etapas de cobranza coactiva y sin perspectivas reales de ser recuperadas en su totalidad.

El nuevo proyecto de Decreto Supremo, actualmente en consulta pública, propone descuentos del 50% y 40% para deudas sancionadas desde 1998 hasta julio de 2025, facilitando además el pago en cuotas o permitiendo el aplazamiento. La justificación oficial es mejorar la recaudación y “fomentar la liquidez” en la cadena productiva. Sin embargo, basta un repaso a las experiencias recientes para cuestionar el verdadero impacto y la justicia de esta política, que consolida una preocupante tendencia a premiar el incumplimiento”

El artículo es interesante, pero parece que se equivoca al mencionar que “El antecedente más cercano es el Decreto Supremo N° 003-2016-PRODUCE, que instauró un régimen excepcional de ventajas para los deudores, estableciendo una rebaja del 59% en multas sin distinguir la gravedad de las infracciones”

Dicho decreto supremo aprueba el Reglamento de la Ley General de Acuicultura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1195 y nada tiene que ver con ningún régimen de rebajas de multas. Más adelante, en este artículo se reseñan los antecedentes, en los cuales probablemente está aquél al cual ha querido referirse la nota de Infobae.

Fuente:

https://www.infobae.com/peru/2025/08/11/pesca-ministerio-de-la-produccion-alista-nuevo-decreto-para-condonar-mas-de-s611-millones-en-multas-al-sector-pesquero-y-de-acuicultura/

En esta ocasión, el proyecto de decreto supremo incluye modificaciones a la ley general de Pesca en el tema de formalización e inicio de las temporadas de pesca de anchoveta, algo que había pedido la SNP y que está siendo atendido. Resulta interesante de evaluar y analizar. No es muy usual mezclar conceptos diferentes en un solo decreto.

Modificaciones normativas: Se modifican artículos de reglamentos relacionados con la pesca y la captura de recursos hidrobiológicos. Se prohíbe arrojar al mar ejemplares de captura que no sobrevivan a la liberación. ​

Formalización de socios armadores: Se concluye el proceso de formalización de socios armadores hasta el 31 de julio de 2026. Se otorgan permisos de pesca para embarcaciones artesanales de hasta 32.6 m³. ​

La RM 255/2025-PRODUCE, que dispone la publicación de proyecto de DS que establece beneficios para el pago de multas administrativas, puede leerse en el siguiente link:

https://www.gob.pe/institucion/produce/normas-legales/7023814-255-2025-produce

El decreto establece un régimen de beneficios para el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura. ​

Objeto: Establece un régimen de beneficios para el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura. ​ Permite el aplazamiento y fraccionamiento de deudas, incluso en cobranza coactiva.

Ámbito de aplicación: Aplica a personas naturales y jurídicas con multas impuestas hasta el 31 de julio de 2025. ​Incluye multas pendientes, en impugnación, impugnadas y en ejecución coactiva. ​

Plazo: El plazo para acogerse al régimen de beneficios es hasta el 31 de diciembre de 2025.

Escalas de descuento: Descuentos del 50% para multas de marzo 2019 a diciembre 2021. ​ Descuentos del 40% para multas hasta el 31 de julio de 2025. ​

Pago de la deuda total: Los beneficiarios deben pagar el 50% o 60% de la multa reducida. La deuda total incluye multas reducidas, intereses, costas y gastos. ​

Facilidades para el pago: Se permite fraccionar la deuda en hasta 18 cuotas o aplazar hasta 3 meses. ​ Los pagos a cuenta en ejecución coactiva no son reembolsables. ​

Tiene que ser evaluado el impacto de estas medidas sobre la pesca y sobre el principio de autoridad, así como el origen y/o motivación de estas medidas.  ¿En qué medida la labor de la Dirección General de Supervisión Fiscalización y Sanción del Ministerio de la Producción se vuelve eficaz si una decisión política le restará autoridad y efectividad? ¿Qué es lo que pretenden las autoridades designadas? En este escenario ¿ no sería lo mejor reducir las funciones y personal de las direcciones responsables de controlar y aplicar sanciones y dejar de imponer multas? Que se sinceren las cosas y le digan al país a quien están sirviendo estas normas. 

No cumplimos la ley y nos jactamos de ello o simplemente no lo hacemos porque a nadie le importa. Esta conducta, esta actitud, es la que está destruyendo al país. Mientras no seamos capaces de respetar la ley y actuar con sentido de patria y con visión de futuro, lo que estamos haciendo es condenar a la desgracia al país y entregarlo a los poderes fácticos que solo nos utilizan para generar condiciones que los favorezcan a ellos, contando con nuestra ignorancia y nuestra incapacidad de entender que solo somos peones en un juego en el cual solo los poderosos ganan, contando con nuestro silencio o nuestra complicidad.

Mientras seamos incapaces de cumplir las leyes y normas, seremos víctimas de aquellos que manejan el país desde la oscuridad.

La situación se vuelve peor cuando las normas que no se cumplen y ameritan y generan una sanción al infractor, o sea una multa, a la larga les es perdonada o rebajada.

Si en el tiempo se perdona esa multa, se destruye el principio de autoridad. ¿Por qué lo hacen entonces? ¿No es una burla hacia aquel administrado sancionado que sí cumplió con pagar su multa en su oportunidad? ¿Y aquél que no cometió infracción ni recibió sanción alguna, qué beneficio tiene?

Van a ser cuatro veces que esto ocurre desde 2017, por tanto el mensaje es que nadie debería pagar sus multas, sino esperar. Total, siempre habrá un ministro que por servir a alguien o por conseguir aprobación las condonará.

Nadie le hará caso a Produce ni respetará las normas ante la inutilidad de las multas, que son una herramienta disuasoria inútil desde el punto de vista de que en algún momento alguna autoridad la rebajará o anulará.

La señal que envía este tipo de norma es que no hay que pagar las multas que se imponen. Solo hay que esperar porque en algún momento se rebajan o se perdonan.

La exposición de motivos de estas normas usa casi los mismos argumentos, entre los cuales se repiten los efectos del COVID 19 y otros. Pero ¿es esa la verdad?

Lo que pareciera ser, es que alguien o algunos afectados por las multas y sanciones, que poseen suficiente poder o capacidad de influenciar y manipular, son quienes están detrás de todo esto y usan a las autoridades de turno para servir a sus propósitos. Y cuentan con la apropiada reacción de quienes detentan el poder y esperan escuchar los aplausos de esas pequeñas tribunas que controlan la designación de funcionarios y el acatamiento de sus órdenes. Lo cierto, al final de cuentas,  es que estas normas no favorecen al país, ni al estado de derecho, sino a unos cuantos.

¿Qué pasaría si se empieza a condonar o rebajar las multas impuestas a combis taxis y transportistas que día a día violan reglamentos? ¿O a otros sectores que hagan lo propio? Estas acciones nos conducen a la anarquía y al desgobierno. Al final, el país y el sector vienen siendo destruidos sin que nada ni nadie pueda evitarlo porque la propaganda que lanzan distorsiona la realidad y convence a muchos, que carecen de la voluntad de análisis e interés de mirar más allá, o detrás de la norma.

En 2024:

La Resolución Ministerial N° 481-2024-PRODUCE del 7 de diciembre de 2024, dispone la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas aprobado por Decreto Supremo N° 017-2017-PRODUCE y su exposición de motivos, en la sede digital del Ministerio de la Producción.

Esta norma pretende perfeccionar el reglamento y mejorarlo. Pero ¿cuál es el propósito de pretender mejorar un sistema de fiscalización y sanciones que frecuentemente es vulnerado y desautorizado por rebajas y/o suspensión de multas impuestas?

El Decreto Supremo Nº 020-2024-PRODUCE aprueba normas temporales complementarias para la aplicación del régimen excepcional de reducción para el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura, y otras disposiciones, fue publicado 24 días después de la RM mencionada en el párrafo anterior. Este dicta una serie de normas temporales para la aplicación de un régimen excepcional de reducción de hasta el 80% de las multas administrativas en el sector pesca y acuicultura, el cual está dirigido a las personas naturales o jurídicas que hubieran cometido infracciones antes de 2021.

De acuerdo con el mismo, este régimen excepcional beneficiará a las empresas o personas naturales que mantengan multas pendientes de pago, en plazo de impugnación o en vía administrativa o judicial, en ejecución coactiva, aún si estas se encuentran siendo materia del proceso de revisión judicial.

"Las personas naturales y jurídicas que se encuentran dentro del ámbito de aplicación del presente decreto supremo que se acojan al régimen excepcional de reducción del 80% deben pagar el 20% de la multa con la aplicación del beneficio", precisa la norma.

En 2022:

A través del Decreto Supremo Nº 007-2022-Produce, se dispone la reducción temporal de multas al sector acuícola y pesquero y se estableció que la escala de reducción alcanza hasta 90% en sanciones de hasta 50 UIT; 70% para las de hasta 200 UIT; y de 50% para las mayores de 200 UIT.

Se indicó que el plazo para acogerse este beneficio es durante los próximos 90 días hábiles y aplica para sanciones de multa pendientes de pago.

El titular de Produce, Jorge Prado Palomino, explicó que este régimen excepcional de reducción multas se da con la finalidad de mitigar los impactos económicos generados por la propagación del COVID-19, la cual ha afectado toda la cadena productiva del sector pesquero.

Esta norma indicaría que lo actuado por el Ministro Olaechea en 2017 no fue efectivo, o no fueron ciertas las consideraciones que lo llevaron a dictar esas medidas.

En 2017:

El entonces Ministro de la Producción, Pedro Olaechea,  redujo las multas para la pesca ilegal a través de un nuevo reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 017-2017-Produce, que aprueba el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas.

Actualmente las sanciones equivalen al 60% de lo que los infractores obtendrían al convertir sus pescas en harina de pescado. Según el nuevo reglamento de inspecciones y sanciones que emitirá el Produce estas multas son excesivas y no han servido para rebajar las infracciones de los pescadores, armadores y empresarios. En entrevista con RPP Noticias dijo que "las multas han sido terribles, han generado una crisis en el sector y no han parado". El ministro Olaechea dijo que las multas no han sido efectivas en erradicar esa mala práctica en el litoral peruano”. | Fuente: ANDINA

Fuente:

https://rpp.pe/economia/economia/olaechea-responde-porque-bajarian-multas-para-la-pesca-ilegal-de-anchoveta-noticia-1079455

Ojo Público realizó un interesante análisis del tema en 2017, que sigue vigente a la luz de los hechos actuales y que puede leerse en el siguiente link:

https://ojo-publico.com/500/gobierno-plantea-reducir-multas-para-la-pesca-ilegal-de-anchoveta-hasta-un-95





sábado, 2 de agosto de 2025

LAS POLITICAS DE PESCA, ACUICULTURA Y MARITIMA

 

La administración y regulación de la pesca se basa en la existencia de especies hidrobiológicas. Especies extinguidas son imposibles de ser reguladas, por lo cual no existiría ni la administración pesquera ni el derecho pesquero.

Ese debiera ser el problema público principal. Pero no ha sido definido así en la Política de Pesca. Sin embargo, siendo un hecho real, solo se puede asegurar la existencia de las especies a través de garantizar la sostenibilidad de la mismas. Lo cual no se puede hacer sin una base científica, lo cual nos lleva a concluir que es el IMARPE, como entidad científica, el organismo más importante. De sus opiniones y recomendaciones se derivan las normas y regulaciones. Por eso debe ser un ente autónomo e independiente.

El segundo elemento que garantiza la sostenibilidad es la educación y capacitación de todos los agentes de la cadena productiva de la pesca.

Existen dos políticas que tienen que ver con la pesca en el Perú. Una es la Marítima y otra es la de pesca. La primera, formulada en 2019 es probablemente poco conocida y la segunda es reciente, de este año 2025.

También existe una Política Nacional de Acuicultura al 2030.

Han pasado ya seis años desde que se promulgó la Política Marítima y poco se sabe, o no se ha hecho público en todo caso, del avance en su ejecución y cumplimiento. Por lo menos en lo referente a pesca, lo que la Política Marítima propone como lineamientos del objetivo prioritario 2, no se han cumplido. Mas bien por el contrario, en el tema capacitación por ejemplo, estos últimos años el daño que se le hizo al ex CEP Paita, fusionado con Fondepes como único ente de capacitación fue muy grande. Prácticamente se le terminó de destruir. En investigación no se avanzó nada. Lo que nos lleva a preguntarnos si la elaboración de políticas nacionales tendrá un efecto práctico real.

La Política Marítima coincide con la de Pesca en los temas de investigación y desarrollo y de capacitación.

En este artículo se transcriben los párrafos de la primera de ellas relacionadas con la pesca, para que el lector pueda evaluar y analizar los criterios contenidos en la misma y compararlos con la política de pesca.

Podría decirse que la primera ya contempló lo que dice la de Pesca, o que una no debería abarcar lo de la otra por no ser de su competencia. En fin…¿Habrán conversado los autores de la política de Pesca con los que elaboraron la Marítima para no entrar en duplicidad y conflicto de competencias? Pareciera que no.

El tema de fondo, más allá de eso, es que son solo palabras puestas en un papel. La verdadera situación que debe analizarse es si ambos deseos plasmados en las dos políticas serán cumplidos por este gobierno por los venideros.

La política marítima expresa con mayor claridad y convicción que la política de pesca, el problema de la investigación, al igual que la necesidad de incrementar el nivel técnico y profesional según corresponda, de las mujeres y hombres involucrados en el ámbito marítimo. En otras palabras, el Ministerio de Defensa, encargado de su elaboración, define mejor y con mayor preocupación el tema de la investigación y de la capacitación. En PRODUCE no se aprecia mucho entusiasmo por la capacitación, como lo demuestra la destrucción sistemática de lo que fue el CEP Paita, fusionado con FONDEPES, solo para anularlo.

El asunto es que la política marítima es de 2019 y por lo que se ve en pesca hasta la fecha, solo ha sido un buen deseo en el papel, sin acciones reales concretas que puedan verse en la práctica y en la realidad. Y ese es el problema con las políticas, al igual que con los planes de gobierno. Son letras para crear imagen y propaganda; pero que no contienen elementos vinculantes que garanticen que serán llevadas a cabo. Los ciudadanos seguimos creyendo en esas ofertas que son parte del modelo de gestión y de gobierno que tenemos.

El objetivo prioritario 1 de la Política de Pesca, minimiza el hecho de que para que tenga éxito, es vital actuar con fuerza en la educación y capacitación de los pescadores, tripulantes, fileteros y todos los trabajadores de la cadena productiva. Olvida que estos últimos trabajadores, sin ser pescadores, son la pieza fundamental para la elaboración de productos congelados, curados y enlatados de calidad.

Los objetivos prioritarios 2 y el 3 omiten mencionar si existe base científica que permita incrementar la extracción de especies y cuáles serían estas. Como se define en la Política Marítima, “Las actividades de investigación científica e innovación tecnológica se concentran en los recursos vivos de alto rendimiento comercial y son realizadas por instituciones públicas y privadas. Varias universidades nacionales y otras instituciones académicas y científicas han incorporado la pesca y acuicultura en sus programas de investigación, aunque todavía esta participación es mínima. Asimismo, la cooperación y el intercambio de información, experiencias y recursos entre estas instituciones son escasos.”

Entonces, siendo que solo hay 3 o cuatro especies de alto rendimiento comercial, (anchoveta, pota, jurel, merluza) ¿Cómo gestionará la Política de Pesca, pescar más para, en consecuencia, producir más? ¿Se puede pescar más de lo que se pesca actualmente? Si ya se han puesto límites máximos de extracción a la captura de esas especies…¿significa que se va a capturar otras especies? ¿Cuáles?

En el árbol de problemas se define como un efecto de la limitada competitividad de los agentes una menor recaudación del impuesto a la renta. En el proyecto mencionaban el canon pesquero y es corregido de esta manera en el documento final. Sin embargo solo han modificado la forma y no el fondo, ya que es necesario saber si se ha medido la cantidad de agentes que conforman la cadena pesquera que poseen RUC y pagan impuesto a la renta. Porque si la cantidad es poca, sobre todo en relación a la pesca artesanal, de menor escala y comercializadores de productos, entonces la menor recaudación de renta, además de ser un efecto, es un problema diferente y requiere un enfoque diferenciado para resolverlo. Pero no se ha tomado en cuenta. Tampoco se ha mencionado el tema de los derechos de pesca. Renta y derechos de pesca son aspectos que, al generar recursos financieros al sector, impactan directamente en la investigación y capacitación.

Como dato curioso, las Políticas de Acuicultura y Marítima tienen un gran volumen de información y 277 páginas en el caso de la primera y 64 en el caso de la segunda. La de pesca, solo tiene 5 páginas. Es más fácil de leer que las dos primeras, lo que puede resultar interesante para quienes no gustan de leer mucho. Pero en todo caso, no se aprecia una metodología standard.

La Política Marítima fue elaborada por el Ministerio de Defensa y en su proceso contó con el aporte de uno o más funcionarios del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura. Para la elaboración de la Política de Pesca, ¿se habrá realizado algún tipo de colaboración o coordinación?

La Política de Pesca, recientemente promulgada en 2025…, ¿Qué futuro tendrá teniendo en cuenta que la política marítima tiene 6 años y no implementó nada de lo que menciona en pesca?

La Ley General de Pesca tiene tantos parches y modificaciones que requiere ser actualizada para estar en línea con las políticas descritas en el presente artículo. El DL 1677 que dispone la reestructuración del IMARPE también debe ser cumplido.

Finalmente, para llegar a la mejor situación para la pesca peruana, todo el modelo de gestión debiera ser reformado, partiendo de la necesidad de entender que el órgano científico debe ser independiente y su presidente debe ser un científico de renombre y acceder al cargo por concurso público para que esté libre de influencias políticas y de intereses de parte.

Mayores detalles de las políticas pueden leerse en el siguiente link:

https://app.box.com/s/i0681rt92zrjmyadkbco4z8n6hmh8bax



jueves, 31 de julio de 2025

PERU: LA PESCA Y LOS MENSAJES DE FIESTAS PATRIAS

 

UN MENSAJE DEL MINISTRO DE LA PRODUCCION CON OCASIÓN DEL LANZAMIENTO DE LA POLITICA NACIONAL DE PESCA

En el mundo de la fantasía que rodea al poder de turno, el Ministro de la Producción ha declarado, en la nota cuyo link está al final, que:

“Es por eso que nuestra proyección es no solamente limitarnos en el aporte del PBI anual que representa el sector pesquero de más de 4,482 millones (de soles) y buscar una proyección que supere los 12,000 millones (de soles)”. Esto también va de la mano con el incremento del trabajo. Actualmente el sector pesquero emplea de forma indirecta y directa a 370,000 personas y la proyección de esta Política Nacional de Pesca al 2040 es que supere los 440,000 empleos”. “También esta política busca el incremento de las divisas al país que genera el sector pesquero, de unos 3,666 millones de dólares a 11,138 millones de dólares al año”.

El cuadro anterior muestra la evolución de las exportaciones entre 2014 y 2023. Proviene del anuario estadístico del PRODUCE de 2023. No se aprecia una cifra de 3,666 millones. Aún así, ¿Cómo así se podrían subir las exportaciones de 3,666 millones a 11,138 millones si las cifras muestran un crecimiento que no permite presumir tan sustancial crecimiento?

Sería interesante conocer si será con mayor extracción y de qué especies; si será con mayor valor agregado y de qué especies y en qué presentaciones. ¿Hay estudios científicos que permitan predecir los límites máximos de captura por especie para los próximos 10 a 15 años? ¿Cuáles son los cálculos para llegar a cifra tan precisa de 11,138 millones?

¿Será que la política nacional de pesca contiene la fórmula que hará posible el crecimiento que dice? Si es así, sería bueno conocer más detalles.

Nos han dado una nueva cifra de empleos. A la habitual información que en algún momento llegó a mencionar que el sector da 750 mil empleos, en esta oportunidad, dicho por el propio ministro, se habla de 370,000.


Parece que nadie se pone de acuerdo en la cifra real, porque en cuanto al empleo pesquero, las cifras oficiales son las que se muestran en la página 28 del anuario estadístico de 2023 que dice:
“En 2023, el Sector Pesca y Acuícola aportó con el 0,51% de la PEA ocupada nacional, equivalente a 90,915 puestos de trabajo, cifra que representó un aumento de 1,0% con respecto al año 2022”.

El anuario 2024 aún no se publica a la fecha.

Finalmente, siguiendo un guion frecuente desde hace mucho tiempo, no menciona la proyección de ingresos por derechos de pesca, canon pesquero ni impuesto a la renta. En ese sentido, sería importante saber, entre otras cosas, con qué fuentes se financiará la investigación que los nuevos barcos científicos realizarán en el futuro. ¿O seguirán pidiendo a los armadores que financien los cruceros de investigación?

Incrementar las exportaciones, que genera mayor ingreso de divisas suena bien, se escucha bonito y satisface a los economistas que todo lo miden en términos macroeconómicos, así como arranca aplausos desde las pequeñas tribunas favorecidas con mayores exportaciones.

Pero en el mundo real de los pescadores artesanales e industriales, de los trabajadores de la cadena productiva del CHD, ¿Cómo esa bonanza se traduce en mayores ingresos para el Ministerio y para el Estado y cómo y cuánto proyectan invertir en investigación, en capacitación a los pescadores y operadores de las plantas de CHD y en beneficios para toda la cadena?

¿Alguien ha hecho esos cálculos?

El tema es que solo ha hablado de construir barcos científicos y desembarcaderos; pero la educación y creación de capacidades para los pescadores, tripulantes y demás integrantes de la cadena productiva solo han sido mencionados en forma general en la Política Nacional de Peca, al igual que la investigación. No hay un objetivo detallado y debiera serlo ya que sin capacitación e investigación ¿será posible crecer a esos niveles?

En realidad, ¿en cuánto mejora la administración de la pesca y cómo así cuando aumentan las exportaciones?

El mensaje no se ha dirigido a la verdadera tribuna del sector, sino solamente a la que aplaude. Los que no aplauden deben seguir esperando que el modelo de gestión y las autoridades cambien.

Pero no importa, en un año habrá nuevas autoridades y nadie recordará lo que las actuales dijeron, hicieron o dejaron de hacer. Y el ciclo se reiniciará nuevamente con nuevas autoridades. Así seguirá siendo hasta que alguien tenga el valor y la capacidad de cambiar el modelo de gestión.

https://andina.pe/agencia/noticia-peru-aprueba-politica-nacional-pesca-impulsa-competitividad-1039204.aspx

EL MENSAJE DE LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA EN FIESTAS PATRIAS 2025

En el mensaje de fiestas patrias del 2025, de 97 páginas se le ha dedicado 1 página a la pesca y acuicultura, que se reproduce en esta nota.

¿Sabrá la presidenta que el sector sigue en franca rebeldía por su negativa a dar cumplimiento al DL 1677 y que son los armadores de pota quienes tienen que financiar la investigación porque el Ministerio carece de los recursos económicos suficientes?

¿Cómo se entiende esta falencia cuando se dice que el aporte de la pesca al PBI ha crecido al igual que sus exportaciones? ? ¿Es que acaso el dinero producido solo beneficia al exportador y no deja ni siquiera lo suficiente para financiar investigación científica? ¿O es que se malgasta el dinero de los derechos de pesca sobre los cuales no hay una rendición de cuentas?

¿Sabrá del escaso interés que demuestra por cumplir las formalidades y las normas como se evidencia en la conclusión de las actividades de extracción de la pota?

El hecho es que el presidente del Imarpe sigue siendo un asesor del Despacho Ministerial de Producción en calidad de encargado desde hace demasiado tiempo. Construir embarcaciones nuevas sin respetar el DL 1677 que ordena la reestructuración de la entidad, es como pretender echar vino nuevo en odres viejos. La falta de respeto por el cumplimiento de normas dictadas por las propias autoridades de pesquería genera desconfianza y suspicacias sobre el verdadero poder detrás de la institución y sus objetivos.

La participación de la flota pesquera artesanal o industrial en las acciones de investigación dirigidas por el IMARPE están bien y contribuyen significativamente al mejor conocimiento de las especies objetivo. El asunto es quién paga. Cada embarcación incurre en costos que probablemente recuperen con la pesca que realicen; pero ¿no deberían ser financiadas por el Imarpe ya que es el ente responsable de realizar investigación? ¿No debería el Ministerio financiar esta actividad en todo caso? Quizá con cargo a los derechos de pesca de cuyo gasto nunca rinde cuentas.

¿Esto es todo lo que ha hecho por el sector pesquero? ¿y qué es lo que se va a hacer en el año que queda?

IMPACTO DE LA PESCA Y ACUICULTURA

CUANDO ASUMIMOS EL GOBIERNO, EL SECTOR PESCA Y ACUICULTURA REGISTRABA UNA CAÍDA DE 12.7% EN SU PBI Y UN APORTE MÍNIMO DEL 0.8% A LA ECONOMÍA NACIONAL. HOY, GRACIAS A UNA GESTIÓN BASADA EN EVIDENCIA CIENTÍFICA, DECIDIDA Y CON RESULTADOS, AL AÑO 2025 HEMOS CRECIDO 5,4% DEL PBI SECTORIAL, MARCANDO UNA CLARA RECUPERACIÓN.

ASIMISMO, ENCONTRAMOS INFRAESTRUCTURAS PESQUERAS INSEGURAS Y CON BRECHAS DE INOCUIDAD. AL CIERRE DE ESTE AÑO, CULMINAREMOS CON LA ENTREGA DE CUATRO DESEMBARCADEROS PESQUEROS ARTESANALES EN LIMA E ICA, CON UNA INVERSIÓN DE MÁS DE 170 MILLONES DE SOLES BENEFICIANDO A MÁS DE 20 MIL PERSONAS, ENTRE PESCADORES, COMERCIANTES Y SUS FAMILIAS.

MIRANDO HACIA EL AÑO 2026, SE CONCLUIRÁN OBRAS CLAVE COMO LOS DESEMBARCADEROS PESQUEROS ARTESANALES DE PAITA EN PIURA Y FARO MATARANI EN AREQUIPA. ADEMÁS, DEJAREMOS UNA CARTERA DE INVERSIÓN DE MÁS DE 300 MILLONES DE SOLES, LISTA PARA CONTINUAR CERRANDO BRECHAS Y MODERNIZANDO LA INFRAESTRUCTURA PESQUERA.

NUESTRA GESTIÓN, DESPUÉS DE 47 AÑOS, HA DADO EL PASO HISTÓRICO DE RENOVAR LA FLOTA CIENTÍFICA DEL INSTITUTO DEL MAR DEL PERÚ, APROBANDO UN AMBICIOSO PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA POR MÁS DE 813 MILLONES SOLES PARA CONSTRUIR TRES BUQUES DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y OCEANOGRÁFICA.

COMO PUNTO DE PARTIDA, HEMOS PRIORIZADO Y YA SE ENCUENTRA ADJUDICADA LA CONSTRUCCIÓN DEL PRIMER BUQUE DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA EN EL PERÚ, CON UNA INVERSIÓN DE 212 MILLONES DE SOLES. ESTE ES UN HITO SIN PRECEDENTES QUE FORTALECE Y MODERNIZA EL SECTOR PESQUERO, MARCANDO UN ANTES Y UN DESPUÉS EN LA HISTORIA DEL MAR PERUANO.

ACCIONES 2025-2026

EN PRODUCCIÓN

• A JULIO DEL 2026, SE CULMINARÁ LA MODERNIZACIÓN DE TRES CENTROS DE INNOVACIÓN PRODUCTIVA Y TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA EN LA LIBERTAD, UCAYALI Y SAN MARTÍN, Y ENTREGAREMOS UNO NUEVO EN JUNÍN, CON UNA INVERSIÓN CONJUNTA DE 117 MILLONES DE SOLES.

• CULMINAREMOS LAS OBRAS DE LOS DESEMBARCADEROS PESQUEROS ARTESANALES DE HUACHO, CHANCAY, SUPE Y SAN JUAN DE MARCONA, CON UNA INVERSIÓN SUPERIOR A 170 MILLONES DE SOLES.

• INICIAREMOS LA CONSTRUCCIÓN DEL PRIMER BUQUE DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA EN EL PERÚ, CON UNA INVERSIÓN DE 212 MILLONES DE SOLES.

https://www.rumbominero.com/peru/noticias/economia/mensaje-a-la-nacion-de-dina-boluarte-este-es-el-discurso-completo-de-28-de-julio/

martes, 22 de julio de 2025

EL JUREL EN EL PACIFICO SUD ORIENTAL Y LAS TESIS PERUANA Y CHILENA

 

La tesis peruana en el marco de la OROP del Pacífico Sur fue siempre y sigue siendo, que la población del jurel comprende dos stocks.

“La primera gran discusión en el seno de la OROP giró en torno al stock del jurel. El Perú sostenía, con fundamento científico y técnico, que había por lo menos dos stocks diferenciados (uno en la ZEE del Perú y su alta mar allende y otro en las de Chile y su alta mar). En base a ello, reclamaba una diferenciación en su estudio, análisis y adopción de medidas”.

En una reunión, según una nota de IDL, “… asesor principal de Imarpe que acudió a la reunión de Santiago, dijo a IDL-R que el Perú siempre ha defendido la existencia de un stock propio y que las reacciones contra el país se deben a que la reunión en Chile fue “eminentemente política, no ha sido de científicos”.

Bajo la hipótesis de dos stocks se observó que el stock del norte permanece más estable y con más baja biomasa en la década reciente. Con el modelo que considera un solo stock se obtuvo un resultado que sugiere un estimado de biomasa más precautorio.

Una investigación liderada desde la Facultad de Ciencias Naturales y Oceanográficas de la Universidad de Concepción en Chile arrojaron una conclusión clave: mientras las muestras de Nueva Zelanda mostraron diferencias genéticas significativas, se observaron altas tasas de migración entre las zonas costeras de Chile y Perú. Esto refuerza la idea de que ambas zonas comparten una gran y única población con un intercambio genético sostenido.

 “Estos estudios han sido desarrollados por equipos chilenos de diferentes instituciones, en colaboración con investigadores internacionales, posicionando al jurel como una especie modelo para el estudio de la adaptación evolutiva en peces pelágicos. Entre las instituciones participantes se encuentran investigadores y académicos de la Universidad de Los Lagos, la Universidad de Concepción, Universidad de La Serena, Universidad de Chile y el Instituto de Investigación Pesquera”.

En el Perú es IMARPE la única institución que hace investigación sobre recursos pesqueros y en el caso jurel se conoce su tesis de los dos stocks. Pero en Chile hay varias entidades que hacen investigación y presentan una opinión diferente, como muestra el link al final.

¿Quién tiene la razón? El hecho es que la ciencia no es exacta y puede tener errores o conclusiones diferentes. En este contexto, el punto es que ¿es la opinión científica suficiente para sustentar una decisión administrativa y/o política en cuanto al manejo de la pesquería? ¿Es suficiente y/o correcto que se pueda pescar 20% de ejemplares juveniles de anchoveta, sobre todo cuando solo existe una opinión, por ejemplo?

En el Perú se necesita mayor investigación en pesquería con participación de instituciones independientes. No es lo más apropiado que una sola entidad estatal sea la única o la principal proveedora de información científica para sustentar la toma de decisiones administrativas de manejo pesquero.

La comunidad pesquera debe asumir que el problema principal de su regulación se encuentra en su modelo de gestión, el cual debe ser reformado. Dentro de este concepto, es básico que el IMARPE sea reestructurado, porque resulta ser la pieza fundamental de la administración. Su presidente debe ser un científico que acceda al cargo por concurso público y que sus integrantes sean profesionales libres de presiones y temores, que investiguen y digan lo que piensan sin ningún tipo de preocupación derivada de perder sus empleos por decir lo que creen y lo que piensan.

Los funcionarios administrativos y políticos pueden durar un mes o un año o menos y no debieran tener injerencia en la investigación científica y sus resultados. La ley los faculta a regular y administrar pero deben hacerlo basándose en informes científicos con absoluta credibilidad. La ciencia debe decir la verdad y lo que piensa; el funcionario público deberá asumir la responsabilidad de las decisiones que el sistema le faculta a tomar sin poder escudarse en nada.

Cumplir el mandato del DL 1677 que reestructura al IMARPE sería un buen comienzo.

Por otro lado el Estado debe incentivar y estimular que las universidades y otras instituciones hagan investigación sobre los recursos pesqueros.

https://www.naturalesudec.cl/investigacion-liderada-desde-la-fcno-revela-alta-conectividad-genetica-del-jurel-entre-las-costas-de-chile-y-peru/



domingo, 20 de julio de 2025

EL ÚNICO RESPONSABLE DEL SECTOR PESQUERO

 

No es el viceministro de pesca y acuicultura el responsable de la captura de anchoveta juvenil ni de los problemas de la pota. Este cargo, en realidad no detenta poder alguno. Para todo efecto práctico, el viceministro es tan solo un secretario técnico del Titular del Pliego. Eso es lo que significa el título “Despacho Viceministerial de Pesca de Acuicultura”. Tramita documentos y los despacha hacia el Despacho Ministerial.

Las OPDs dependen directamente del Ministro y no del viceministro, por tanto posee una autoridad y poder casi absolutos sobre el sector, como titular del Pliego.

El viceministro, de acuerdo a la organización y funciones de su despacho, no decide nada, no tiene autoridad ni mando sobre las OPDs. Tan solo sobre las direcciones, sus asesores y su personal de confianza, a los cuales tampoco tiene el poder de designar puesto que todo requiere una Resolución Ministerial, o sea, la aprobación del Ministro.

La única autoridad real que tiene, a través de las resoluciones viceministeriales que firma, está referida a quejas y apelaciones, permisos de pesca y otros temas administrativos.

Su firma ni siquiera es necesaria para documentos de importancia, como lo demuestra la exposición de motivos que sustentó el DU 015-2020 que no lleva la firma de la entonces viceministra ni de ningún director del Despacho.

El supuesto poder y responsabilidad del viceministro es, por lo tanto, un mito, como tantos otros en la pesca.

Su verdadera función es ser un experto en pesca para actuar como asesor o secretario del Ministro, dirigiendo una equipo de direcciones generales que además de desarrollar y ejecutar las decisiones políticas dispuestas por el ministro, son quienes llevan la rutina diaria del Despacho, el día a día. Además es quien da la cara ante el público y los administrados en los temas que el Ministro de turno decida.

Más allá de eso, la opinión y recomendaciones del viceministro no tienen más valor ni peso que el que el Ministro de turno quiera otorgarle. Es tan solo un gran proponedor o proponente, que se convierte en una ayuda para el Ministro en la medida que pueda dar un amplio asesoramiento sobre los temas de pesca y acuicultura, en función a su conocimiento del sector y experiencia. Pero ¿cuántos viceministros en los últimos veinte años han sido expertos o siquiera conocedores del sector?

Es el Despacho Ministerial quien impone la agenda sectorial y la autoriza con su sí o con su no, más allá de lo que diga o piense el viceministro, fuese cual fuese su carácter, capacidad y experiencia.

Pero si no conoce el sector, ¿cuál sería su función? ¿qué es lo que haría si no tiene ideas sobre los problemas de agenda o nada que proponer? Ese es el problema de fondo cuando se designa a un viceministro que no sabe lo que tiene que hacer ni conoce el sector.

Están equivocados quienes piensan que el viceministro puede resolver pedidos o requerimientos de los gremios. Lo más que puede hacer es trasladar los temas al Ministro quien es quien tiene la última palabra.

En consecuencia, todas las reuniones que los gremios sostienen con él ¿Tienen alguna utilidad práctica para algo? ¿Sirve para algo reclamarle o responsabilizarlo de la pesca de juveniles?

El responsable del sector es el Ministro, que no es sino el ejecutor de un modelo de gestión que, entre otras cosas, reparte culpas entre el Imarpe y el Ministerio, sin que quede clara la responsabilidad de cada uno. El primero dice que no toma decisiones sino que proporciona información y datos para la toma de decisiones. El segundo dice que toma sus decisiones en base a información científica recibida del primero. En esta gaseosa y vaga repartición de funciones, ¿Quién finalmente es el verdadero responsable de decisiones como por ejemplo la pesca de juveniles de anchoveta? La apertura y cierre de las temporadas se realiza con una Resolución Ministerial, que es firmada solamente por el Ministro.

Debe atacarse el origen y el fondo del problema y no dirigirse contra el vice ministro año tras año por los mismos temas y problemas que nunca se resuelven, porque se ataca los efectos y no la causa.

La principal causa es la existencia de un sistema que crea un IMARPE cuyo presidente, que no es un científico, es dependiente de la voluntad del Ministro quien lo designa y lo puede remover del cargo sin tener que dar explicaciones a nadie. Es una situación que puede, legítimamente, crear suspicacias sobre la actuación del Presidente de la entidad. Es lícito preguntarse ¿A quién sirve el presidente de la institución? ¿A los intereses del país, o a los intereses de grupos de poder u otros? La sostenibilidad de los recursos pesqueros ¿responden a la ciencia o están influenciados o dominados por intereses políticos y/o económicos? ¿Cuál es la prioridad, el crecimiento del PBI y las exportaciones o la conservación de los recursos pesqueros?

Las decisiones que tome el Ministerio deben hacerse sobre información franca elaborada por el ente científico, que debe ser claro, contundente y directo en las materias de su competencia, sin temores ni presiones. Entonces las decisiones políticas que tome el Ministerio serán de fácil identificación en cuanto a responsables y no como hoy en día que, en el mejor caso, es una responsabilidad compartida. El país debe saber quién es el verdadero responsable de decisiones, como por ejemplo, la de la pesca de anchoveta. El ente científico debe decir sin timidez cuánto se debe pescar, cuándo sí y cuándo no.

Mientras esta entidad no sea autónoma e independiente del poder y la presión políticas, no puede confiarse en sus recomendaciones.

La fórmula de juramentación del Ministro cuando asume el cargo expresa bien la perversidad del sistema: Dice al final …Si así lo hiciereis que Dios os premie y si no, El y la Patria os lo demanden”.

El problema con esta fórmula es que en términos reales ni Dios ni la Patria formulan demandas al final de la gestión. Un ministro puede conducir a la extinción de una especie usando mecanismos legales, cometer los peores errores imaginables y no será nunca sujeto de sanción mientras sus decisiones hayan sido jurídicamente válidas.

El caso de los juveniles de anchoveta es una clara muestra de lo expuesto: desde hace diez años o más, en todas las temporadas se presenta exceso de captura y la autoridad no finaliza la temporada, generándose una serie de protestas de los pescadores. El patrón es el mismo año a año: se justifica “científicamente” que puede pescarse determinado porcentaje de juveniles y nada se hace hasta que la presión sobre el Ministerio se hace imposible de ignorar. Pero nunca se actúa sobre la causa de esta situación: la posición e informe de IMARPE. En consecuencia nunca se resuelve el problema ni se resolverá mientras no se reestructure al ente científico. Todos lo saben; pero nadie habla ni actúa.

Ese el problema de fondo que no se está viendo.

El ROF del Ministerio de Producción muestra las funciones del Viceministro de Pesca y Acuicultura, que se detallan a continuación para entender lo anteriormente expuesto.

https://transparencia.produce.gob.pe/produce/descarga/dispositivos-legales/D.S.%20002-2017_PRODUCE%20PUBL.pdf

Modificado por:

https://transparencia.produce.gob.pe/produce/descarga/dispositivos-legales/D.S.%20009-2017_PRODUCE%20PUBL.pdf

Más análisis en los siguientes links:

https://revistapesca.blogspot.com/2025/07/la-direccion-del-imarpe.html

https://revistapesca.blogspot.com/2025/07/informacion-desinformacion-o.html



jueves, 17 de julio de 2025

LA DIRECCION DEL IMARPE

 

“La biomasa de anchoveta observada en abril de 2025 fue de 10.9 millones de toneladas, una de las más altas desde 1996, lo que confirma la buena salud del recurso. Esta cifra, obtenida mediante cruceros científicos de IMARPE, respalda la decisión de mantener activa la temporada bajo control técnico.

La pesca industrial de anchoveta genera más de 250 mil empleos directos e indirectos, dinamiza las economías regionales y representa una fuente importante de divisas para el país. Más del 80 % de las capturas pesqueras en el Perú corresponden a anchoveta, utilizada principalmente para la producción de harina y aceite de pescado, insumos esenciales para la acuicultura global y la seguridad alimentaria. Esta pesquería es considerada un caso de éxito a nivel mundial.

El Ministerio de la Producción reafirma su compromiso con una pesca responsable, basada en evidencia científica, diálogo permanente con los actores del sector y una visión de largo plazo que garantice la sostenibilidad del recurso y el bienestar de quienes viven del mar”.

https://www.gob.pe/institucion/produce/noticias/1208831-peru-consolida-su-liderazgo-en-pesca-sostenible-temporada-de-anchoveta-2025-avanza-con-base-cientifica-y-compromiso-social

¿Quién garantiza que la recomendación científica no es errada, direccionada o manipulada? ¿Hay auditorías al respecto? Si este podría ser el origen del problema, la atención principal debiera fijarse en la calidad, seriedad y veracidad de la información científica. Por eso el IMARPE debe ser reestructurado y su presidente debe ser un científico. Ese es el mandato del DL 1677. ¿Por qué alguien lo está bloqueando?

Pareciera ser que en el tema de anchoveta juvenil, así como en otros como el de la pota, las reclamaciones de los gremios se estuviesen concentrando en los efectos y no se estaría evaluando debidamente las causas del problema, la cual podría estar en el modelo de gestión.

Este manda que las regulación administrativa se fundamente en un informe científico de la única entidad existente en el Perú autorizada y/o capaz de hacerlo. Estos documentos siempre son muy cuidadosamente elaborados para no ser abiertamente claros. Siempre sugieren posibilidades y dejan, en una clara intención de no asumir responsabilidades concretas, la decisión final al Ministerio de la producción, quien la adopta eligiendo algunas alternativas que le brinda el ente científico. Se aprecia muy claramente en la determinación de la cuota. Se sugiere un rango de posibilidades pero la decisión final es política y sin compromiso alguno para ninguna de las partes. Una dice que su decisión se basa en la recomendación científica y otra dice que la decisión es política.

En este modelo, el Ministerio elude sus responsabilidades diciendo que es el Imarpe quien hace la recomendación científica. El Imarpe elude las suyas diciendo que no es de su competencia tomar decisiones sino solo elaborar recomendaciones para que el Ministro decida.

El afectado, al final, es el pescador artesanal y el industrial. El beneficiario, generalmente ¿quién sería?

Hay que agregar que la prioridad del Estado es el crecimiento del PBI y de las exportaciones, escenario en el cual pescar más anchoveta juvenil, por ejemplo, podría ser irrelevante en el contexto macroeconómico. Total, los efectos caerán cuando sean otras las autoridades en el cargo y en el modelo nadie recibe sanción por tomar decisiones equivocadas, sobre todo porque no se sabe con certeza y claridad quién es el responsable.

Si el presidente del IMARPE es designado por el Ministro de la Producción, se convierte en un empleado, en un subordinado suyo. En consecuencia se vería obligado a hacer o dejar de hacer lo que su empleador le ordena, bajo riesgo de perder el empleo, ya que es un cargo de confianza.

Esta situación minimiza la credibilidad en la institución.

Si el IMARPE tuviese otra estructura y su Presidente fuera un científico, la información podría ser más creíble. Pero incluso el DL 1677 no se atreve a darle autonomía a la institución. ¿Por qué?

La presidencia del IMARPE debería tener el mismo tratamiento que ocurre con la presidencia del INACAL, cuya ley dice textualmente: “el Presidente Ejecutivo solo puede ser removido de su cargo por la comisión de falta grave, según los supuestos establecidos en la normativa aplicable al sector público”. Esta situación le otorga cierta seguridad en que no será removido del cargo por no hacer lo que su jefe le ordene.

El nuevo ROF del IMARPE, bloqueado actualmente por la PCM (1), al decir del PRODUCE, podría considerar una situación parecida a fin de garantizar la independencia de la entidad.

(1)  (1)  https://revistapesca.blogspot.com/2025/05/la-demora-en-la-reestructuracion-del.html

Con un entidad científica cuyos informes fueran más creíbles y más claros en cuando a sus recomendaciones de manejo, probablemente las decisiones políticas y administrativas como el manejo de las vedas y el tema de juveniles serían más efectivos en cuanto a la sostenibilidad de los recursos.

Resulta en consecuencia, curioso, que gremios e instituciones solo se refieran a los efectos del problema y nunca aborden la causa, la que se encuentra en el modelo vigente y en la estructura del IMARPE, porque ¿Qué pasaría si esta entidad estuviese equivocada?

Así se utilicen embarcaciones pesqueras privadas para la investigación, la interpretación de la información es realizada solamente por el órgano científico.  Nadie garantiza que esto sea a prueba de fallas. Hasta la NASA se equivoca.

Mayor análisis en los siguientes links:

https://revistapesca.blogspot.com/2025/06/investigacion-cientifica-en-la-pesca.html

https://revistapesca.blogspot.com/2022/01/quien-debe-presidir-el-imarpe.html

https://revistapesca.blogspot.com/2025/05/la-demora-en-la-reestructuracion-del.html

https://revistapesca.blogspot.com/2025/05/la-pesca-la-naturaleza-y-la-politica.html